Se han desarrollado importantes medidas en el marco del sistema de formación profesional para el empleo a través del Real Decreto 4/2015, de 22 de marzo, y posteriormente con la aprobación de laLey 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral. Este sistema tiene diversos objetivos:
La formación programada para la empresas es una de las iniciativas de formación profesional para el empleo, dirigidas la adquisición, mejora y actualización permanente de las competencias y cualificaciones profesionales, favoreciendo la formación a lo largo de toda la vida de la población activa.
Las empresas podrán organizar la formación de sus trabajadores por sí mismas, así como impartir la formación empleando para ello medios propios o bien recurriendo a su contratación.
La empresa deberá comunicar el inicio y la finalización de las acciones formativas programadas y podrán encomendar la organización de la formación a una entidad formativa externa, la cual deberá estar acreditada y/o inscrita en el registro de entidades de formación habilitado por la Administración pública competente.
Otras iniciativas de la formación profesional para empleo son la oferta formativa para trabajadores ocupados y trabajadores desempleados, permisos individuales de formación y la formación en alternancia con el empleo, como la acción formativa de los contratos para la formación y el aprendizaje.
Para la financiación de los costes derivados de la formación programada para las empresas y sus trabajadores, anualmente, desde el primer día del ejercicio presupuestario, las empresas dispondrán de un «crédito de formación», que podrán hacer efectivo mediante bonificaciones en las cotizaciones empresariales a la Seguridad Social a medida que realicen la comunicación de finalización de las acciones formativas. El importe de este crédito de formación se obtendrá en función de las cuantías ingresadas por cada empresa el año anterior en concepto de cuota de formación profesional y el porcentaje, que en función de su tamaño, se establezca en la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada ejercicio.